Condiciones Generales de Logitravel
Condiciones generales de utilización del web site: www.logitravel.com
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES
De una parte, TRAVELCONCEPT sociedad limitada con domicilio social en Edificio Logitravel - Calle Galileo Galilei, Parc Bit - Ctra. Valldemossa km 7,4 - 07121 Palma de Mallorca (España), con CI. BAL 471 y C.I.F. nº B-57288193 e inscrita en el Registro Mercantil de Palma de Mallorca el 22 de Julio del 2004, Folio 211 del Tomo 2073, Hoja PM-47776, Inscripción 1 (en adelante LOGITRAVEL).
Y, de otra parte, la persona física, en adelante USUARIO, que accede a la página para informarse y contratar los servicios ofertados a través del WEBSITE. El Usuario declara que es mayor de edad y tiene la capacidad legal para adquirir los servicios ofrecidos a través WEBSITE.
Para la utilización de este portal por parte del USUARIO, el mismo acepta expresamente la adhesión plena y sin reservas a todas y cada una de las Condiciones Generales en la versión publicada por LOGITRAVEL en el momento mismo en que el USUARIO acceda a este portal, especialmente las establecidas sobre la limitación de responsabilidad tanto de LOGITRAVEL como de cualquier proveedor de servicios turísticos o de viajes. Por tanto, el USUARIO debe leer atentamente las Condiciones Generales en cada una de las ocasiones en que se proponga utilizar el WEBSITE, dado que las mismas han podido sufrir modificaciones desde la última vez que accedió.
Condiciones Claves en la compra de billetes Aéreos
1. GASTOS DE GESTIÓN COBRADOS POR LOGITRAVEL
En el momento previo de efectuar la reserva Logitravel incluirá si fuera de aplicación, el importe a cargar por cada pasajero, en concepto de gastos de gestión.
Estos importes no son reembolsables en ningún caso, independiente de la tarifa elegida por el comprador.
Nota: reservas emitidas serán las reservas confirmadas por parte de la compañía y que han sido emitidos los billetes de todos los pasajeros.
2. CANCELACIONES Y REEMBOLSOS
Logitravel considerará DEFINITIVAS y CONFIRMADAS las reservas que entren con LOCALIZADOR y desde ese momento se procederá a la EMISION inmediata de los billetes. Desde el momento de dicha emisión se aplicarán las condiciones de MODIFICACION y CANCELACION propias de cada compañía aérea involucrada en la reserva en función de la TARIFA CONTRATADA.
Los reembolsos son provistos por las aerolíneas y están sujetos a las condiciones de las tarifas. La mayoría de las tarifas ofertadas por las compañías aéreas a través de LOGITRAVEL NO PERMITEN REEMBOLSO, por lo que SE RECOMIENDA LA CONTRATACION DE UN SEGURO DE CANCELACIÓN en el momento de la confirmación o compra de la reserva.
Se plantean diferentes supuestos dependiendo de las circunstancias de la petición de cancelación:
Las compañías aéreas exigen el uso secuencial de los cupones de vuelo que comprende cada billete, por lo que la no presentación al vuelo de ida lleva a la cancelación del vuelo de vuelta sin previo aviso por dichas compañías.
3. SEGURO DE CANCELACIÓN
Logitravel, a través de diversas compañías, ofrece la posibilidad de contratar un Seguro de Cancelación. El Seguro de Cancelación permite recuperar el importe de la reserva siempre que el motivo de la cancelación este contemplado por la aseguradora. Logitravel recomienda la contratación de dicho seguro y revisar las condiciones asociadas al mismo que se le ofrecen en el proceso de reserva .Si se contrata el seguro de cancelación se hace efectivo el mismo momento de la confirmación de la reserva, siendo un importe no reembolsable en ningún caso.
4. RECONFIRMAR VUELOS
Logitravel recomienda que 24 horas antes de la salida se reconfirme el vuelo ya que las compañías aéreas pueden modificar el horario de salida en el último momento y no de tiempo de comunicarlo. Dicha confirmación puede realizarse:
5. MODIFICACIONES EN LA RESERVA
Recuerde en el momento de confirmar la compra que todos los datos introducidos, nombres de los pasajeros, vuelos seleccionados, etc. SEAN CORRECTOS ya que la emisión de los billetes, en el caso de compañías aéreas de LINEA REGULAR, o la confirmación de la reserva, en el caso de compañías aéreas LOW COST, se realiza de forma automática por lo que cualquier modificación posterior supone la pérdida de la tarifa original y la inclusión de penalizaciones por parte de las compañías aéreas así como unos gastos de gestión de LOGITRAVEL derivados de la reemisión bajo las nuevas condiciones:
Si de todas formas Usted genera una reserva errónea, póngase en contacto lo antes posible con Logitravel para que realicemos las correspondientes gestiones con la compañía aérea y reducir al máximo los costos de una eventual cancelación, si fuera posible. Tenga en cuenta que dependiendo de la tarifa las compañías aéreas no aceptan ningún tipo de cambio en relación al billete originalmente contratado. Salvo que en cualquier momento de la reserva se especifique expresamente lo contrario, Logitravel no tiene ningún acceso a las reservas realizadas en compañías aéreas LOW COST o de BAJO COSTE por tanto los trámites de cambio de reserva deben realizarse directamente entre cada compañía aérea y el pasajero o el titular de la reserva.
6. DOCUMENTACIÓN PARA VIAJAR
Es responsabilidad del cada viajero disponer de la documentación en regla necesaria para poder volar al destino solicitado, no siendo el incumplimiento causa de reembolso. El viajero declara que conoce y que cumplirá con los requisitos gubernamentales de documentación de salida, entrada y otros. Dicha información es suministrada en la página web del Ministerio de Asuntos Exteriores Español (http://www.mae.es/es/MenuPpal/Consulares/Recomendaciones+de+viaje/Requisitos+de+Entrada). En caso de duda, le rogamos que contacte con nuestro Centro de Atención al Cliente 902 366 847, antes de realizar cualquier compra.
Sólo los ciudadanos españoles que tengan un pasaporte español de lectura mecánica podrán viajar a Estados Unidos (incluyendo los viajes en tránsito por dicho país) sin visado dentro del Programa de Exención de Visados. Los españoles deben solicitar y recibir a través de ESTA (Electronic System for Travel Authorization) una autorización de viaje. Para ello, deben entrar en la página Web https://esta.cbp.dhs.gov/ y cumplimentar y enviar el formulario que allí encontrarán.
7. TRATAMIENTOS DE IMPAGADOS
Logitravel actúa como mediador en el pago de los billetes reservados aceptando el riesgo de impagado, viendose obligado a perseguir seriamente a los defraudadores.
Si la tarjeta de crédito fuese rechazada o denegada para el cobro por cualquier causa, o el simple error en la introducción de su número de tarjeta, Logitravel podrá cancelar la reserva sin previo aviso.
El hecho de solicitar una reserva implica compromiso por parte del cliente en autorizar el cargo en la tarjeta de crédito que suministra.
En el caso de que resulte devuelto algún pago total o parcial de los cargos realizados en su tarjeta de crédito si se eligió este medio de pago, puesto que Logitravel habrá emitido y pagado los billetes reservados, podrá devengar a su favor, en concepto de gastos por reclamación de impagados, 150 € por cada cargo rechazado, anulado o devuelto. En caso de que el impago sea perseguido judicialmente deberán además abonarse todos los gastos que esta reclamación genere tales como tasas, honorarios de procurador y letrado (incluso cuando no sea preceptiva su intervención), gastos de desplazamiento, dietas, etc.
Logitravel podría requerir el envío por fax de la autorización expresa por parte del cliente pagador y de una fotocopia legible de la tarjeta y DNI o pasaporte del titular en los siguientes casos:
8. LOS PRECIOS INDICADOS ON-LINE TIENEN INCLUIDAS LAS TASAS DE AEROPUERTO.
No incluyen los gastos de visados ni las tasas de salida de un territorio, que pueden ser abonados en moneda local o en dólares USA en ese territorio. Las variaciones en la tarifa aplicable por demora en el pago de la reserva, en las cuantías de las tasas de aeropuerto, desde el momento de la reserva hasta el momento de emisión del billete serán repercutidas al cliente.
9. ENTREGA DE DOCUMENTACIÓN DE VIAJE
Logitravel cobra 8 € de gastos si fuera necesario un envío de documentación, por las circunstancias de la reserva contratada, a la dirección que se indicó en el momento de finalizar la reserva. Recuerde que el envío se realizará a través de mensajería por lo que es imprescindible que se encuentre la persona de contacto u otra persona autorizada para la recepción de dicha documentación.
10. REGLAMENTACIÓN DESCUENTOS RESIDENTES
Documentos reguladores de la bonificación en las tarifas de los servicios regulares de transporte aéreo y marítimo para los residentes en Canarias, Baleares, Ceuta y Melilla:
11. REGLAMENTACIÓN DE DESCUENTO DE FAMILIA NUMEROSA
Según lo establecido por el artículo 13.1 del Reglamento de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección a las Familias numerosas, los miembros de familias numerosas que tengan reconocida oficialmente tal condición disfrutarán de una reducción del 5 por ciento si están clasificadas en la categoría general y de un 10 por ciento, en la categoría especial, sobre las tarifas por servicios regulares nacionales de transporte aéreo.
Asimismo, según la Ley 40/2003, son familias numerosas de:
Cada hijo discapacitado (aquél que tenga reconocido un grado de minusvalía igual o superior al 33 %) o incapacitado para trabajar (aquella persona que tenga reducida su capacidad de trabajo en un grado equivalente al de la incapacidad permanente absoluta o gran invalidez), computará como dos para determinar la categoría en que se clasifica la unidad familiar de la que forma parte.
Para obtener la bonificación sobre las tarifas de los servicios nacionales de transporte aéreo los viajeros deberán acreditar la condición de miembro de familia numerosa ante las compañías aéreas presentando el título oficial de familia numerosa o documento individual, en vigor, expedidos por la Comunidad Autónoma competente. Cuando sea requerido por la compañía aérea o por los órganos de inspección y control el pasajero que viaje con un billete aéreo bonificado, cualquiera que sea su forma de emisión, deberá acreditar, en el momento de facturación, embarque, o en cualquier momento del trayecto, su identidad mediante el documento nacional de identidad o documento equivalente, en vigor.
El pasajero es responsable de introducir correctamente todos sus datos en el proceso de reserva así como de llevar al aeropuerto su documento nacional de identidad en vigor y su título de familia numerosa para acreditar su condición como tal.
La obtención de las bonificaciones a que se refiere esta Orden será compatible, y en su caso, los porcentajes correspondientes serán acumulables a los de las bonificaciones establecidas para el transporte aéreo de los residentes en Canarias, Baleares, Ceuta y Melilla, reguladas por sus normas especiales.
En ningún supuesto se podrá bonificar el mayor importe que sobre las tarifas supongan los precios de las tarifas de clase superior en los servicios de transporte aéreo, conforme a los mismos criterios establecidos en las normas reguladoras de las bonificaciones establecidas para el transporte aéreo a los residentes en Canarias, Baleares, Ceuta y Melilla. Tampoco se admitirá la bonificación de las tarifas en trayectos con escalas fuera del territorio nacional.
Disposiciones Generales.
Las bonificaciones en tarifas de los servicios regulares de transporte aereo se aplicaran a ciudadanos españoles y de los demás estados miembros de la unión europea o de otros estados firmantes del acuerdo sobre el espacio económico europeo o de Suiza que acrediten la condición de residente en las islas Baleares, Canarias, Ceuta o Melilla.
Según el Real Decreto tendrán la condición de residentes aquellos ciudadanos que se hallen inscritos en el padrón municipal de cualquiera de los municipios incluidos en el ámbito de aplicación de esta normativa.
La reducción subvencionada de las tarifas de los servicios regulares de transporte aéreo será del 50% del importe correspondiente a trayectos directos entre las respectivas comunidades autónomas o ciudades de residencia y el resto del territorio español. La misma reducción se aplicará en el caso de desplazamiento interinsular. Los tipos de viajes podrán ser de Ida, Vuelta y Ida/Vuelta y siempre en Trayecto directo, es decir que el trayecto es desde el archipiélago Balear, Canario, Ceuta o Melilla al destino en el resto del territorio nacional y viceversa. En dicho trayecto no podrá haber escalas intermedias pero de haberlas éstas no deben superar las 12 horas de duración salvo aquellas que vinieran impuestas por las necesidades técnicas del servicio o por razones de fuerza mayor. No se aplicará el descuento en trayectos con escalas fuera del territorio español.
Los residentes de Ceuta tendrán derecho a la bonificación en los trayectos directos con origen o destino sólo desde los aeropuertos de Málaga, Jerez de la Frontera o Sevilla.
Él límite máximo de la subvención para todos los residentes incluidos los trayectos interinsulares será del 75% de la Tarifa básica de la ruta de cada compañía aérea (la tarifa plenamente flexible más baja para vuelos de ida o ida y vuelta ofrecida al menos en la medida que cualquiera otra tarifa plenamente flexible que se ofrezca para el mismo servicio aéreo). Esto significa que las tarifas Bussines y de Primera clase no podrán superar el descuento de la tarifa turista completa.
La acreditación de la residencia se realizará mediante la exhibición del DNI, NIE o Pasaporte y el certificado de registro de ciudadano de la unión europea para aquellos miembros del espacio económico europeo y Suiza. Deberán estar vigentes y figurar el domicilio que da derecho a dicha subvención. Los residentes en cuyo DNI no figure el domicilio que da derecho a la subvención deberán exhibir el certificado de residencia del ayuntamiento en vigor (6 meses de vigencia desde la fecha de su expedición).
12. SI LA RESERVA INCLUYE UNO O MAS TRAYECTOS CONTRATADOS CON RENFE
Logitravel ofrece a través de su página WEB la posibilidad de reservar billetes con RENFE tanto de forma exclusiva como combinado con un trayecto de ida o de vuelta con una compañía aérea.
Al igual que en las reservas aéreas Logitravel considerará DEFINITIVAS y CONFIRMADAS las reservas que entren con LOCALIZADOR y desde ese momento se procederá a la EMISION inmediata de los billetes de tren. Desde el momento de dicha emisión se aplicarán las condiciones de MODIFICACION y CANCELACION propias de RENFE en la reserva en función de la TARIFA CONTRATADA.
RENFE aplicará sus propias penalizaciones en función de las tarifas:
Tarifa Promo
Anulaciones: Los billetes no permiten realizar cambios ni son reembolsables.
Tarifa Flexible
Anulaciones: Los billetes podrán ser anulados dentro de su periodo de validez hasta 24 horas antes de la salida del tren. Se deducirá el 5% del Precio del billete en concepto de "gastos de anulación".
Tarifa General Ida y Vuelta
Anulaciones: Los billetes podrán ser anulados dentro de su periodo de validez hasta 24 horas antes de la salida del tren. Se deducirá el 20% del importe del billete en concepto de "gastos de anulación".No se permite anular únicamente el billete de ida cuando esté formalizado el regreso, o anular un solo trayecto de dos consecutivos.
Tarifa de Niños
Se aplicará un descuento del 40 % sobre el precio de tarifa general. Aplicable para niños entre 4 años cumplidos y 14 sin cumplir en la fecha de viaje, o tratándose de menores de 4 años que deseen ocupar plaza.
La compañía transportista podrá requerir cualquier documento oficial que certifique la edad del menor.
Anulaciones: Se pueden realizar anulaciones en las condiciones establecidas con carácter general.
- Logitravel realizará la gestión del reembolso con un cargo adicional de 20€ persona.
Logitravel RECOMIENDA LA CONTRATACION DE UN SEGURO DE CANCELACIÓN en el momento de la confirmación o compra de la reserva.
En cuanto a cambios de fecha, horario o ruta Logitravel no tiene acceso a las posibles modificaciones de reserva realizadas con RENFE por lo que los trámites de cambio de reserva deben realizarse directamente entre RENFE y el pasajero o el titular de la reserva.
Condiciones específicas del contrato derivado de la compra de un Billete de Avión
1. NOMENCLATURAS RELACIONADAS CON ESTE CONTRATO:
2. EL TRANSPORTE REALIZADO EN VIRTUD DE ESTE CONTRATO
Está sujeto a las normas y limitaciones relativas a responsabilidad establecidas por el Convenio de Varsovia a menos que el transporte no sea "transporte internacional" según lo define dicho Convenio.
3. EN TANTO NO SE HALLE EN CONTRAPOSICIÓN CON LO ANTERIOR
Todo transporte realizado y demás servicios prestados por cada transportista estarán sometidos a:
4. EL NOMBRE DEL TRANSPORTISTA PUEDE APARECER ABREVIADO EN EL BILLETE
Siempre que el nombre completo y su abreviatura figuren en los manuales, condiciones, reglamentos u horarios del transportista; la dirección del transportista es la del aeropuerto de salida que figura en el billete frente a la primera abreviatura del nombre del transportista; las escalas convenidas son aquellos puntos que se indican en dicho billete o que figuren en los horarios del transportista como escalas previstas en el itinerario del pasajero; el transporte a realizar en virtud de este contrato por varios transportistas sucesivos se considerará como una sola operación.
5. EL TRANSPORTISTA QUE EMITE UN BILLETE PARA TRANSPORTE por las líneas de otro transportista, actúa sólo como agente de éste.
6. CUALQUIER EXCLUSIÓN O LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD DEL TRANSPORTISTA se aplicará y beneficiará a sus agentes, empleados y representantes, y a cualquier persona cuya aeronave utilice el transportista para el transporte, y a sus agentes, empleados y representantes.
7. EL EQUIPAJE FACTURADO SERÁ ENTREGADO AL PORTADOR DEL TALÓN DE EQUIPAJE.
En el caso de daños al equipaje, en transporte internacional, deberá presentarse por escrito la oportuna reclamación al transportista inmediatamente después de descubrirse el daño, y a lo sumo, dentro de los 7 días siguientes a la fecha de entrega; en caso de retraso, la reclamación deberá presentarse dentro de los 21 días siguientes a la fecha en que fuera entregado el equipaje. Véanse los manuales o condiciones aplicables para el transporte no internacional.
8. EL BILLETE ES VÁLIDO POR UNA AÑO DESDE LA FECHA DE EMISIÓN
A menos que se estipule otra cosa en el propio billete, en los manuales de tarifas del transportista, en las condiciones de transporte o en los reglamentos aplicables. La tarifa para el transporte realizado en virtud del presente contrato está sujeta a modificación antes de iniciarse el viaje. El transportista puede negarse a efectuar el transporte si la tarifa aplicable no ha sido pagada.
9. EL TRANSPORTISTA SE COMPROMETE A ESFORZARSE TODO LO POSIBLE
Para transportar al pasajero y al equipaje con diligencia razonable. Las horas indicadas en los horarios o en cualquier otra parte no se garantizan ni forman parte de este contrato. En caso de necesidad y sin previo aviso, el transportista puede hacerse sustituir por otros transportistas, utilizar otros aviones y modificar o suprimir escalas previstas en el billete. Los horarios están sujetos a modificación sin previo aviso. El transportista no asume la responsabilidad de garantizar los enlaces.
10. EL PASAJERO DEBE RECONFIRMAR CON LA AEROLÍNEA
al menos con 48 horas de antelación a la salida del vuelo, los horarios, dado que en algún caso la aerolínea puede modificar los mismos.
11. EL PASAJERO DEBERÁ CUMPLIR LOS REQUISITOS GUBERNAMENTALES DEL VIAJE y presentar los documentos de salida, entrada y demás exigidos, así como llegar al aeropuerto a la hora señalada por el transportista o, si no se hubiera fijado ninguna, con la antelación suficiente que le permita cumplimentar los trámites de salida. Se recomienda presentarse con al menos 60 minutos de antelación en el caso de vuelos nacionales y de 150 minutos en el caso de vuelos internacionales, sobre todo en el caso de que el vuelo tenga como destino o haga escala en algún aeropuerto de Estados Unidos.
12. NINGÚN AGENTE, EMPLEADO O REPRESENTANTE DEL TRANSPORTISTA tiene autoridad para alterar, modificar o renunciar a cualquiera de las disposiciones de este contrato.
NOTA: En transporte doméstico español la responsabilidad del transportista queda limitada de acuerdo con la Ley de Navegación Aérea de 21 de Julio de 1960 y R. Decreto 2333/1983, de 4 de Agosto.
13. PAGO DE BILLETES
Si el pago se realiza con Tarjeta de Débito y tarjeta de crédito semanal, se puede producir un doble cargo temporal en su tarjeta, consistente en una retención por el importe total de la reserva, y en un cargo por el importe total del billete. La retención desaparecerá de forma automática en un periodo estimado de 10 días dependiendo de su entidad bancaria. Esta retención es ajena a Logitravel ya obedece única y exclusivamente a la operativa existente en España entre las entidades bancarias y las emisoras de las tarjetas.
Este es el sistema que utilizan la mayoría de las compañías aéreas durante la emisión de los billetes como garantía de que la tarjeta tiene límite disponible y no está bloqueada o ha sido robada.
Básicamente este proceso consiste en que Logitravel solicita al banco la autorización por el importe total de la reserva. El banco devuelve un código de autorización y bloquea el dinero en su cuenta a la espera de que compañía aérea confirme la operación. Posteriormente, cuando la compañía aérea emite y cobra los billetes, su banco recibe tanto cargos como billetes emitidos con el número de autorización que nos proporcionó. Los sistemas bancarios deberían ser capaces de anular el dinero retenido cuando llegan los cargos utilizando este código de autorización, pero hemos detectado que algunos sistemas bancarios no lo hacen, y en este caso, mantienen el dinero bloqueado durante un periodo estimado de 10 días dependiendo de la entidad bancaria.
Con las tarjetas de crédito también puede suceder lo mismo, aunque no tiene la misma repercusión que con las tarjetas de débito ya que con una tarjeta de crédito únicamente le disminuirá el crédito disponible durante unos días.
¿Cómo puede asegurarse de que este dinero bloqueado se va a liberar?, contacte con su entidad bancaria para que le informen de si esta operación es un cargo o una operación pendiente de confirmar.
Responsabilidad de las Compañías Aéreas en relación con los Pasajeros y su Equipaje
Si el viaje del pasajero termina o tiene una escala en un país que no sea el de salida, puede aplicarse el Convenio de Varsovia, rigiendo dicho Convenio y, en la mayoría de los casos, limitando la responsabilidad de los transportistas por muerte o lesiones personales, y por pérdida o daños de equipaje. Este aviso informativo resume las normas en materia de responsabilidad aplicadas por las compañías aéreas comunitarias, de conformidad con la legislación comunitaria y el Convenio de Montreal.
1. INDEMNIZACIÓN EN CASO DE MUERTE O LESIÓN
No hay límite económico fijado para la responsabilidad en caso de lesiones o muerte del pasajero. Para los daños de hasta 100 000 DEG (aproximadamente EUR 121.000), la compañía aérea no podrá impugnar las reclamaciones de indemnización. Por encima de dicha cantidad, la compañía aérea sólo puede impugnar una reclamación en caso de que pueda probar que no hubo de su parte negligencia ni falta de otro tipo.
2. ANTICIPOS
En caso de muerte o lesión de un pasajero, la compañía aérea deberá abonar en el plazo de quince días, desde el día de la identificación de la persona con derecho a la indemnización, un anticipo para cubrir las necesidades económicas inmediatas. En caso de fallecimiento, este anticipo no podrá ser inferior a 16.000 DEG (aproximadamente 20.000 €).
3. RETRASO EN LA LLEGADA DEL PASAJERO A SU DESTINO
En caso de retraso del pasajero, la compañía aérea es responsable del daño siempre que no haya tomado todas las medidas razonables para evitar el daño o le haya sido imposible tomar dichas medidas. La responsabilidad en caso de retraso del pasajero se limita a 4150 DEG (aproximadamente 5.000 €). Las compañías aéreas exigen el uso secuencial de los cupones de vuelo que comprende cada billete, por lo que la no presentación al vuelo de ida lleva a la cancelación del vuelo de vuelta sin previo aviso por dichas compañías.
4. RETRASOS DEL EQUIPAJE
En caso de retraso del equipaje, la compañía aérea es responsable del daño siempre que no haya tomado todas las medidas razonables para evitar el daño o le haya sido imposible tomar dichas medidas. La responsabilidad en caso de retraso del equipaje se limita a 1000 DEG (aproximadamente 1.210 €).
La compañía aérea es responsable en caso de destrucción, pérdida o daños del equipaje hasta la cantidad de 1000 DEG (aproximadamente 1.230 €). Con respecto al equipaje facturado, es responsable aún cuando esté exento de culpa, salvo que el equipaje ya estuviese dañado. Con respecto al equipaje no facturado, la compañía aérea solo es responsable de los daños causados por su culpa.
5. LÍMITES MÁS ELEVADOS PARA EL EQUIPAJE
Pasajero puede acogerse a un límite de responsabilidad más elevado efectuando una declaración especial, a más tardar en el momento de facturar, y abonando una tarifa suplementaria.
6. TRASPORTE DE ANIMALES
transporte de animales domésticos, tales como perros y gatos, debe solicitarse a la compañía aérea. En el caso de compañías aéreas de línea regular la petición se hará en cabina o bodega dependiendo del peso del animal y las medidas de su caja o transporte. A tener en cuenta condiciones restrictivas de las compañías aéreas de bajo coste que no permiten transportar animales de ningún tipo por norma general. La autorización por parte de las compañías aéreas puede ser denegada por varios motivos por lo que recomendamos siempre consultar antes de efectuar su reserva de vuelos.
7. RECLAMACIONES SOBRE EL EQUIPAJE
Si el equipaje facturado ha sido dañado, retrasado, perdido o destruido, el pasajero debe señalarlo por escrito a la compañía aérea lo antes posible. Si el equipaje dañado es equipaje facturado, el pasajero lo señalara por escrito en el plazo de siete días, y en caso de retraso, de veintiún días, en ambos casos partir del día en que el equipaje se puso a disposición del pasajero.
Responsabilidad de la compañía con la que se ha contratado el servicio y de la compañía encargada de la prestación efectiva.
Si la compañía aérea encargada del vuelo no es la misma que la compañía aérea contratante, el pasajero podrá formular una queja o una reclamación a cualquiera de ellas. Si en el billete consta el nombre o el código de una compañía aérea, ésa es la compañía aérea contratante.
Debido a los constantes cambios en las tarifas de nuestros proveedores aéreos, el coste que mostramos en nuestra página web por maleta facturada es aproximado al de cada aerolínea. Logitravel no se responsabiliza de las variaciones que puedan surgir durante la cotización.
8. PLAZOS DE RECLAMACIÓN
Toda reclamación ante un tribunal deberá presentarse en el plazo de dos años, a partir de la llegada de la aeronave o del día en que la aeronave hubiese debido llegar.
9. FUNDAMENTO DE LA INFORMACIÓN
Las normas arriba descritas se fundamentan en el Convenio de Montreal de 28 de mayo de 1999, desarrollado en la Comunidad Europea por el Reglamento (CE) Nº 2027/97 (modificado por el Reglamento (CE) Nº 889/2002) y por la legislación nacional de los Estados miembros.
Este aviso, requerido por el Reglamento de la Unión Europea (EC) 889/2002, no podrá usarse para fundamentar una reclamación de indemnización ni para interpretar las disposiciones del Reglamento ni las del Convenio de Montreal.
10. DERECHOS DE LOS PASAJEROS EN CASO DE DENEGACIÓN DE EMBARQUE Y ANULACIÓN DE VUELO
Si le deniegan el embarque o si su vuelo se anula, la compañía encargada de efectuar el vuelo está obligada a indemnizarle y a prestarle asistencia. Siempre que haya efectuado la facturación en el plazo debido, puede acogerse a estos derechos para cualquier vuelo, incluidos los chárter:
11. DENEGACIÓN DE EMBARQUE
Cuando el número de pasajeros supere al de plazas disponibles, la compañía aérea deberá en primer lugar pedir que se presenten voluntarios que renuncien a sus asientos a cambio de ciertas compensaciones, entre las que deben figurar incluidos el reembolso del importe del billete (con un billete gratuito de vuelta al primer punto de partida, si procede) o la oferta de transporte alternativo hasta el destino final. Si no se ha presentado voluntario, la compañía deberá pagarle una compensación de:
La compensación podrá reducirse a la mitad si el retraso no es superior a 2, 3 o 4 horas, respectivamente. La compañía deberá:
12. ANULACIÓN DE VUELOS. Cuando el vuelo se suspenda, la compañía aérea encargada de efectuarlo deberá:
La compañía aérea puede tener que compensarle también, en cantidades iguales a las debidas en caso de denegación de embarque, a no ser que le haya comunicado la anulación con la suficiente antelación y le ofrezca transporte alternativo en un horario próximo al previsto inicialmente.
La compensación o las devoluciones se pagarán en metálico, por transferencia bancaria o cheque o, previo acuerdo firmado por el pasajero, en bonos de viaje, y se harán efectivas en el plazo de 7 días. Si se le niegan estos derechos, presente inmediatamente una reclamación ante la compañía operadora del vuelo.
13. GRANDES RETRASOS.
Asistencia inmediata. Si usted efectúa la facturación en el plazo debido para cualquier vuelo, incluidos los chárter:
Cuando el retraso sea de 5 horas o más, la compañía tiene que ofrecerle también la devolución del importe del billete (junto con un billete gratuito de vuelta al primer punto de partida, si procede).
Si se le niegan estos derechos, presente inmediatamente una reclamación ante la compañía operadora del vuelo.
Reclamaciones posteriores. Si la responsable del retraso de un vuelo en cualquier parte del mundo es una compañía de la UE, puede usted reclamar hasta 4150 DEG (*) por los perjuicios ocasionados. Si la compañía no está conforme con la reclamación, puede usted recurrir a los tribunales.
Puede reclamar ante la compañía con la que haya contratado su viaje, o ante la que opera el vuelo, si no son la misma.
Condiciones Generales Adicionales
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