Todo viajero provisto de billete podrá llevar consigo, bajo su custodia y responsabilidad, en los lugares destinados al efecto, hasta tres bultos de mano, con una limitación total de 20 Kg., y unas dimensiones que no excedan (largo+ancho+alto) de 250 cm. entre los tres bultos.
El viajero deberá colocar adecuadamente el equipaje que lleve consigo, en evitación de posibles daños o molestias a los demás viajeros o desperfectos al material, siendo de su exclusiva responsabilidad la vigilancia de los mismos