Se considera residente a todos los ciudadanos de nacionalidad dentro de la UE y que además residan en Baleares, Canarias, Ceuta o Melilla. Dichos pasajeros podrán beneficiarse del descuento de residente, en virtud del Real Decreto 1316/2001, siempre y cuando su vuelo tenga origen/destino en estas comunidades o ciudades autónomas y la tarifa lo permita.
La compañía aérea puede solicitarle la documentación necesaria en el mostrador de facturación, por lo que si esta no cumple los requisitos exigidos o la información ofrecida por el cliente no es veraz, la compañía aérea se reserva el derecho de cobrarle una penalización, o bien negarle el embarque y la devolución del importe pagado por incumplimiento de contrato. LOGITRAVEL no se hace responsable en estos casos.
La acreditación de la residencia se realizará mediante la exhibición de los siguientes documentos en vigor:
Si no solicita el descuento a la hora de efectuar la reserva no será posible aplicar el descuento de residente en otro momento.