Preguntas más frecuentes de Vuelos

CANCELACIÓN VUELO por parte de la compañía ¿Qué derechos tengo si la compañía aérea cancela mi vuelo?

La compañía aérea tiene la obligación de prestar la debida asistencia como comida y bebida suficiente, alojamiento en un hotel cuando sea necesario (incluidos los traslados) así como facilitarte un medio de comunicación (e-mail, teléfono, etc).

Además el pasajero tendrá derecho a:
  • Una indemnización de 250 euros para vuelos de 1.500 km o menos.
  • Una indemnización de 400 euros para vuelos de más de 1.500 km dentro de la UE y para otros vuelos de entre 1.500 y 3.500 km.
  • Una indemnización de 600 euros para vuelos de más de 3.500 km efectuados fuera de la UE.
Esta indemnización no será de aplicación en los siguientes casos:

  • Si la cancelación se comunica con una antelación superior a 14 días.
  • Si la cancelación se comunica con una antelación de entre 14 y 7 días antes de la salida y se te proporciona un transporte alternativo que te permita llegar a tu destino con no más de 4 hrs de retraso.
  • Si la cancelación se comunica con una antelación menor a 7 días antes de la salida y se te proporciona un transporte alternativo que te permita llegar a tu destino con no más de 2 hrs de retraso.
  • Si la cancelación es consecuencia de una causa extraordinaria  no imputables a la propia compañía (inestabilidad política, condiciones meteorológicas, riesgos para la seguridad, huelgas...)
Para mayor información y detalle ver normativa europea  261/2004.

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